El proceso educativo de los
aprendizajes adquiridos requiere de la evaluación de dicho proceso para
detectar el grado de optimización de dicha acción. Tanto mide los resultados de
los alumnos como del docente, para mediante los resultados obtenidos corregir
en dicho proceso los posibles fallos que en dicha evaluación se detectara. No
es ni solución ni reprobación, simplemente, cual análisis de sangre, detectarse
los parámetros evolutivos que emergen del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Hemos de advertir que, desde un
principio económico del proceso, el aprendizaje, como la misma inteligencia, se
construye mediante 1º. ASIMILACION (debe producirse una incorporación de
experiencias) dicha asimilación debe provocar en el sujeto agente del
aprendizaje-creación de inteligencia. 2º. una ACOMODACION-DISTRIBUCIÓN de ese
bagaje adquirido, y el tercer escalón, la ADAPTACIÓN-EQUILIBRADO, de los
recursos incorporados para proceder en la faceta operativa de los aprendizajes
-mediante un ejercicio de simplificación o poda-, despejar-liberar ese
“absurdo” bulto de datos obsoletos y nada útiles.
Es decir, no pretendemos almacenar
datos, sino aprender a usar datos para resolver situaciones. por tanto, en
nuestro proceso de evaluación debemos comprender-compendiar la carga que es
capaz de almacenar, si la organiza-distribuye, y si la equilibra para resolver
su autonomía. Porque no hemos de olvidad que en la construcción de su persona
pretendemos seres activos, autónomos y participativos-colaborativos.
La Educación cumple entonces su
propósito de generar ciudadanos libres, capaces de asumir su independencia y
crecer en un ambiente de creación y productividad, para con plenas garantías de
éxitos, insertarse eficientemente en el tejido sociolaboral de su entorno.
Los criterios contrastados son significativos de su perfil de
aprendizaje, así como de su evolución:
· Su
capacidad atencional a diferentes
soportes de información, ya discursivo, leído o visionado de documentales, extrayendo la información relevante en la
fase de captación.
·
Memoria inmediata y demorada, tanto
narrativa como operativa.
· Capacidad
para detectar en textos escritos
mediante caracteres alfabéticos codificados o cifrados numéricos, la
información que transmiten los guarismos o caracteres al margen de su
alteración parcial organizativa.
·
Esta
propia capacidad para aplicar las reglas
o códigos asignados para organizar y “expresar” un sistema de comunicación
abstracto mediante la palabra, evocadora de conceptos-procesos, o el cifrado de
cantidades y el posible tratamiento para ulteriores operaciones complejas.
·
Capacidad para expresarse
funcionalmente
mediante estos códigos o sistemas: verbal, escrito, artístico, …
Anexo:
En nuestra Constitución Española se
declara el Derecho a la Educación. Todo
Derecho es una responsabilidad, no tan sólo disfrute. Este derecho se hace
y garantiza, sin discriminación-diferenciación-ni excepción, siguiendo un orden establecido mediante
leyes.
Este Derecho resulta
ser inalienable y nunca enajenable ni suprimible, no permite aforamiento ni
inimputabilidad. A todos por igual, este
es el reto. NO PODEMOS ESTABLECER DOS SISTEMAS EDUCATIVO PORQUE SIEMPRE UNO
PRIORIZARÁ AL OTRO (*). Por esta razón, al hacer evaluación también
de la responsabilidad de dar satisfacción plena a esta garantía, NO PODEMOS INCURRIR EN ESTABLECER
“EXCEPCIONALIDAD” A LA NORMALIZACION Y ESTANDARIZACION DE PATRONES QUE LA
EDUCACION SUPONE Y OCASIONA AL ALUMNADO.
Dentro de la educación denominada
torpemente “especial”, nunca podemos establecer licencias, cuales patentes de
corso, para en nombre de ciertas prerrogativas, “derogar” las garantías plenas
del ejercicio del derecho constitucional, legitimando diferencias y deferencias
… pues si bien, dichos alumnos aquí adscritos no pueden superar barreras, no
podemos por ello aceptar privaciones …
El hecho que se establezcan
Modalidades de Adscripción para su escolarización, son fórmulas para dar y
establecer garantías de satisfacción, no para limitación o supresión… el
currículo (diseño) es cauce de adquisición de competencias, que mediante un
cauce no acceda, deberemos buscar y establecer otros, pero nunca renunciar a
ese obligado desarrollo máximo de las capacidades para su plena autonomías, colaboración
con el entorno, inserción socio-laboral y plena satisfacción personal.
(*) hemos de ser muy críticos y
vigilantes para no caer en la conmiseración y tras la sobreprotección negar la
voluntad, que presupuesta, prevalece en la conciencia de todo ser vivo
consciente, y que mediante actos opta por conductas garantes tras aprendizajes.
La presunción de inteligencia es a la Educación como el principio de presunción
de inocencia para la Justicia, inalienable.
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